¿Se puede conducir con más de
90 años?
La ley española no lo impide, aunque hay ciertas
restricciones.
En principio no hay ningún obstáculo legal
para que un nonagenario se ponga al volante.
En España no hay un límite de edad para conducir, pero la revisión periódica del permiso varía según
la edad. Los carnés tipo B (turismos), A1 y A2 (motos) se deben renovar cada
diez años hasta que elconductor cumpla 65, y a partir de entonces se renuevan,
con carácter general, cada quinquenio. Pero si elconductor sufre
alguna enfermedad que afecte a la conducción,
la DGT puede exigir que en el reconocimiento médico se indiquen sus
limitaciones o los requisitos adicionales que debe cumplir para manejar el
vehículo, entre otros, el de reducir el periodo de renovación. Los centros médicos tienen
capacidad para indicar una velocidad máxima para circular o incluso obligar a conducir acompañado
por otra persona con carné. Los carnés especiales o profesionales C1, C1 + E,
C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E tienen una vigencia de cinco años hasta que el
titular cumpla 65. A partir de entonces se actualizan cada tres años.
Por otro lado, hay otro problema
adicional relacionado con los seguros. Y es que la prima que se paga por el
seguro aumenta cuanto mayor es el conductor o si este sufre determinados
trastornos médicos. Sin embargo no es recomendable ocultar enfermedades o incapacidades
en el reconocimiento médico para pagar menos, pues la compañía aseguradora, en
caso de accidente, podría rechazar el siniestro por ocultación del
riesgo. En el Reino Unido se ha dado recientemente un caso con un ciudadano
galés, Ron Jones, de 98 años, que ha tenido que prescindir del coche por la
elevada prima que debía pagar a la compañía aseguradora. En definitiva,
legalmente se puede conducir a cualquier edad, pero pueden surgir
inconvenientes que lo impidan en la práctica.
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