la
nueva ley de fomento del alquiler entrará en vigor mañana
miércoles,
5 junio, 2013 - 10:54
el
boletín oficial del estado (boe) ha publicado hoy la ley 4/2013, de
4 de junio, de medidas
de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.
la nueva normativa tiene como objetivo fundamental dinamizar este
mercado por medio de la búsqueda del "necesario equilibrio"
entre las necesidades de vivienda en alquiler y las garantías que
deben ofrecerse a los arrendadores
esta
normativa modifica los siguiente aspectos:
-
el régimen
jurídico aplicable,
reforzando la libertad de pactos y dando prioridad a la
voluntad de
las partes, en el marco de lo establecido en el título ii de la ley
–
la
duración del arrendamiento,
reduciéndose de cinco a tres años la prórroga obligatoria y de
tres a uno la prórroga tácita, con objeto de dinamizar el mercado
del alquiler y dotarlo de mayor flexibilidad. de esta forma,
arrendadores y arrendatarios podrán adaptarse con mayor facilidad a
eventuales cambios en sus circunstancias personales
-
la recuperación
del inmueble por el arrendador,
para destinarlo a vivienda permanente en determinados supuestos, que
requiere que hubiera transcurrido al menos el primer año de duración
del contrato, sin necesidad de previsión expresa en el mismo,
dotando de mayor flexibilidad al arrendamiento
-
la previsión de que el
arrendatario pueda desistir del contrato en cualquier momento,
una vez que hayan transcurrido al menos seis meses y lo comunique al
arrendador con una antelación mínima de treinta días. se reconoce
la posibilidad de que las partes puedan pactar una indemnización
para el caso de desistimiento
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