el
propietario, único responsable de tener el certificado energético
de vivienda
viernes,
31 mayo, 2013 - 08:29
el
propietario de la vivienda es el responsable de tener el certificado
energético
mañana
1 de junio entrará en vigor de forma lenta y paulatina la
normativa por la que se obliga a los propietarios que quieran vender
o alquilar su vivienda
a contar con el certificado energético. una de las dudas más
frecuentes es saber en quién recae
la responsabilidad de publicitar una vivienda sin la etiqueta
energética.
los expertos dejan claro que la responsabilidad es
del propietario de la vivienda y no de la inmobiliaria,
que no obstante es recomendable
que avise a su cliente
el
real decreto por el que se aprueba el certificado energético
señala que la
obligación de contar con este certificado corresponde a los
promotores
(en caso de obra nueva) y
a los propietarios de viviendas en
caso de viviendas usadas. también especifica que es su obligación
presentar el certificado energético al órgano correspondiente de la
comunidad autónoma para el registro de las certificaciones, algo que
de momento no es posible en todas las comunidades autónomas porque
aún no tienen los servicios administrativos adecuados
en
cuanto al anuncio de la venta o alquiler de una vivienda, es también
el propietario el que responde de la falta de la etiqueta energética,
así como de la exhibición de etiquetas que se refieran a una
certificación energética de un edificio que no cumpla con los
requisitos o que puedan inducir a error o confusión. los abogados y
expertos consultados de baker & mckenzie y sociedad de tasación
señalan que aquellos propietarios que incurran en esta
irresponsabilidad, serán los objetivos de hipotéticas sanciones,
algo que en otros países europeos apenas ha ocurrido en los primeros
meses de su entrada en vigor. también hay que recordar que los
notarios no tendrán “poder” de parar las operaciones de
compraventa en el caso de no disponer del certificado energético,
aunque sí podrá informar a ambas partes de su ausencia
por
consiguiente, tanto
las inmobiliarias como los portales inmobiliarios están exentos de
responsabilidad
en caso de que el propietario de la vivienda cuente con una etiqueta
energética que lleve a error o confusión o que directamente
publicite la casa sin hacer mención a la calificación energética
obtenida o sin la etiqueta energética
los
abogados consultados señalan que la
única “responsabilidad” de las inmobiliarias o portales
inmobiliarios consistirá en informar al propietario de su
obligación de cumplir con el real decreto y de incorporar la
etiqueta energética
en su anuncio. “no es lógico ni razonable que inmobiliarias y
portales asuman la responsabilidad de verificar que la “etiqueta de
eficiencia energética” incorporada a un anuncio de venta o
alquiler cumple los requisitos del real decreto y, en caso negativo,
impidan la publicación de dicho anuncio”
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