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miércoles, 20 de agosto de 2014

¿Tomas suficiente fibra alimentaria cada día?

¿Tomas suficiente fibra alimentaria cada día?
Para conseguir que el aporte de fibra sea suficiente, los expertos recomiendan consumir cada día entre 25 y 30 gramos de fibra  al día. También se aconseja ingerir abundante agua para que la fibra la absorba; 2,5 litros para mujeres y 2 litros para hombres.
Esta ingesta diaria recomendada de fibra puede obtenerse de determinados alimentos como , por ejemplo, el salvado de trigo, que ha sido declarado como beneficioso para nuestro organismo por la European Food Safety Authority (EFSA), organismo europeo de referencia en nutrición.
Otras fuentes de fibra son las legumbres (lentejas, alubias y guisantes), frutos secos, frutas, verduras y hortalizas.
Lo ideal sería tomar a diario tres piezas de fruta, dos platos de verdura u hortalizas, pan y cereales integrales.

Si no estamos acostumbrados al consumo de alimentos ricos en fibra, es aconsejable tratar aumentar la cantidad de fibra de forma gradual. La primera semana podemos empezar consumiendo 5 gramos diarios, aumentar la siguiente semana hasta los 10 gramos, y así paulatinamente hasta alcanzar la cantidad de 25 gramos recomendados.

miércoles, 13 de agosto de 2014

El curioso síndrome del corazón que puede afectar a los jóvenes bebedores

El curioso síndrome del corazón que puede afectar a los jóvenes bebedores
           
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Según los expertos, en verano nos relajamos y nos permitimos todo tipo de caprichos, especialmente la gente joven, que se 'desmelena' pensando que es totalmente inmune a enfermedades y accidentes. Sin embargo, vivir a lo loco durante los meses estivales despreciando por completo las costumbres y hábitos saludables del resto del año puede poner en riesgo nuestra salud.

Este trastorno suele producirse en personas sanas, jóvenes y sin historia previa de arritmias. (Foto: Fotolia)

Los expertos advierten de que las consecuencias de una noche loca pueden ser catastrófricas. Porque entre otras cosas, beber grandes cantidades de alcohol en un periodo corto de tiempo puede llegar a matar. Así lo ha advertido la Fundación Española del Corazón (FEC), donde se considera que el aumento del consumo de alcohol en verano puede provocar una aceleración del ritmo cardiaco conocida como "síndrome del corazón en vacaciones".

Seguro que ya te estás preguntando en qué consiste este trastorno. Pues bien, se trata de una arritmia supraventricular que se da generalmente en las aurículas (las cavidades superiores del corazón) y que suele producirse en personas sanas, jóvenes y sin historia previa de arritmias como consecuencia de la ingesta de altas cantidades de alcohol en un periodo corto de tiempo.

Lo que sucede es que la señal del látido del corazón ya no se desplaza por el músculo cardíaco, la vía normal, lo que provoca que se aceleren los latidos y aparezcan lo que se conoce como 'palpitaciones'. Este ritmo irregular puede producir una extrema falta de aliento, mareo o desmayo (síncope).

[Te puede interesar: Consejos para dormir mejor durante las noches de verano]

Este trastorno se diagnosticó por primera vez en 1978 y está relacionado con el consumo excesivo de alcohol en un día determinado. En primer lugar se observó en fiestas como Navidad o Año Nuevo y ahora también se ha diagnosticado en periodos largos de vacaciones, como el verano.

El estudio "The Holidays as a Risk Factor for Death", realizado por la Universidad de Duke (Estados Unidos), demostró que el Día de Navidad es el que registra más muertes por fallo cardiaco de todo el año, seguido del 26 de diciembre y del 1 de enero.

Así que si después de una noche de fiesta sientes palpitaciones, falta de aire, dolor torácico o mareos, empieza a plantearte un cambio de conducta. Para disfrutar de las vacaciones con una buena salud cardiovascular la Federación Española del Corazón (FEC) aconseja lo siguiente:

1. Evitar el consumo brusco y excesivo de alcohol.
2. No fumar.
3. No consumir alimentos grasos ni comidas copiosas.
4. Practicar deporte de forma progresiva y sin grandes esfuerzos si no se ha habituado al cuerpo el resto del año.
5. Realizar actividad física en las horas más frescas del día y manteniendo una hidratación adecuada.
6. Seguir correctamente la medicación, más si cabe si te encuentras bajo tratamiento.

Por otro lado, en la mayoría de los casos estos síntomas remiten sin necesidad de tratamiento una vez que el cuerpo ha metabolizado todo el alcohol consumido. No obstante, si has sufrido algún desvanecimento o cualquier tipo de molestia no dejes de acudir al médico aunque te parezca tribial o algo momentáneo.

Son síntomas que hay que vigilar y no hay nadie mejor que un especialista para valorar el problema en toda su magnitud y para realizar un diagnóstico adecuado. Siempre es mejor parecer un hipocondríaco que no contarlo, ¿no os parece?


martes, 12 de agosto de 2014

¿Debemos todos suprimir el gluten de la dieta?

¿Debemos todos suprimir el gluten de la dieta?

         




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¿Debemos todos suprimir el gluten de la dieta?

© Thinkstock
El gluten es una combinación de dos familias de proteínas, las gluteninas y las prolaminas, presentes en grandes cantidades en algunos cereales. El gluten da elasticidad y resistencia a la masa del pan. El gluten se encuentra principalmente en el trigo, centeno, cebada y avena, y en menores cantidades en la espelta y el trigo kamut .
¿En qué casos el gluten crea un problema de salud?
El gluten puede causar un problema real: la enfermedad celíaca. Esta causa la destrucción de las vellosidades intestinales y se manifiesta con trastornos gastrointestinales, cuando la persona come alimentos que contienen prolaminas (trigo, avena, cebada centeno, espelta y kamut) y en menor medida cuando contienen glutenina. 

Sus detractores afirman que la intolerancia al gluten está creciendo en la población. Mientras que algunas personas presentan una sensibilidad al gluten sin sufrir de la enfermedad celíaca, contrariamente a la mala prensa que recibe el gluten, no todos tenemos que eliminarlo de nuestra dieta. Dos expertos en el tema nos ayudan a separar lo verdadero de lo falso.
¿El gluten se ha convertido en malo por el refinado de la harina y la modificación de los cereales?
Sí y no. El trigo moderno ha sufrido selecciones varietales a lo largo de los siglos. Esta sería, en realidad, la base de los trastornos relacionados con el gluten. Progresivamente el trigo se ha modificado para ser más resistente y los procesos tecnológicos han cambiado. "El tenor de gluten de los cereales aumentó ", reconoce Virginia Ceccon - Grandjean, dietista y nutricionista, miembro de la Asociación Francesa de Dietistas y Nutricionistas (AFDN). Además, el gluten se utiliza con más frecuencia para mejorar la elasticidad de la pasta. Se le añade a muchos productos industriales.

Pero la experta tiene una visión moderada sobre los efectos del gluten en la salud. "No hay evidencia científica para decir que por haber cambiado el gluten hay más enfermedad celíaca o sensibilidad al gluten ", precisa.  Por su parte, el profesor Christophe Cellier, gastroenterólogo del Hospital Europeo Georges Pompidou, lo confirma: "No sabemos de manera científica cuáles son las consecuencias de la modificación del trigo y de los cambios en la fabricación de harina".
¿Los problemas asociados con el gluten desaparecen si reemplazamos los productos "refinados" por productos " integrales”?
No. "Los alimentos no refinados también contienen gluten”, informa Virginia Ceccon - Grandjean. Los cereales no refinados contienen apenas menos gluten que los cereales refinados. En cambio, los cereales integrales pueden contener más vitaminas, minerales y fibra. "Tienen además un bajo índice glucémico (IG) y sacian más", explica la nutricionista. Por eso son buenos para la salud.

Virginia Ceccon - Grandjean advierte, sin embargo, contra la moda del  todo integral: las fibras presentes en ciertos productos integrales son a veces irritantes, por lo que no se recomiendan para los intestinos sensibles.
¿Eliminar el gluten ayuda a adelgazar?
No. El gluten no tiene efecto sobre el peso y ningún estudio científico ha demostrado esto. Sin embargo, seguir una dieta libre de gluten puede conducir a la pérdida de peso de forma indirecta. "Comer menos gluten implica comer una dieta más natural con menos productos industrializados ", señala Virginia Ceccon - Grandjean .

De hecho, muchos productos industriales que contienen gluten también son altos en azúcar y grasa. Mediante su eliminación de la dieta se consumen menos calorías. Siempre que se los sustituya con productos frescos sin procesar. La necesidad de sustituir estos cereales obliga a cocinar más. Hasta que haya evidencia científica a favor del gluten, lo que sabemos con seguridad es que para mantener la línea hay que adquirir buenos hábitos de alimentación.
¿La dieta libre de gluten puede mejorar el rendimiento deportivo?
No. Cada vez más deportistas ensalzan las virtudes de una dieta libre de gluten: tendrían más energía y se recuperarían más rápidamente. Esta noción la refuta el profesor Christophe Cellier: "Ningún estudio científico ha demostrado que la dieta libre de gluten tenga beneficios para la salud en las personas que no son intolerantes al gluten". Añade Virginia Ceccon – Grandjean: " Una vez más, hacer una dieta de productos mínimamente procesados explica los beneficios que se sienten". "También es posible que al seguir una dieta libre de gluten, los deportistas consuman más cereales ricos en otras proteínas", apunta. Esto podría explicar la sensación de estar más en mejor estado. "No hay que olvidar que el efecto psicológico es muy importante los deportistas", concluye la nutricionista.
¿Aumenta el número de personas con intolerancia al gluten?
No. La prevalencia de la intolerancia al gluten es estable. Aproximadamente entre 1% y  2% de la población en los diferentes países. El diagnóstico ha mejorado y esto puede dar la impresión de que la enfermedad es más común.

La enfermedad celíaca, sin embargo, sigue siendo infradiagnosticada. En parte debido a que puede existir en una forma atípica (50 % de los pacientes adultos no presentan síntomas gastrointestinales en el momento del diagnóstico o son asintomáticos. "Además de la forma típica, que se caracteriza por adelgazamiento, distensión abdominal, anemia o problemas de crecimiento en los niños, hay pacientes que solo manifiestan fatiga severa, por ejemplo", explica la experta. "La novedad ahora es que el 20 % de los casos se diagnostican después de los 60 años", añade.
¿Es posible ser sensibles al gluten sin sufrir de la enfermedad celíaca?
Queda por verse. Los investigadores han encontrado que algunas personas tenían síntomas similares a los de la enfermedad celíaca, pero si sufrirla. "Ciertamente hay una sensibilidad al gluten no celíaca pero no hay datos científicos que expliquen el mecanismo", informa Virginia Ceccon - Grandjean .

Equipos de científicos están trabajando en todo el mundo sobre este tema y reconocen que hay problemas relacionados con el gluten. Si esta sensibilidad no celíaca al gluten se demostrara científicamente, aún así sería necesario definir los criterios, las dosis de gluten que inician la reacción, si sería necesaria una dieta estricta o no... El origen de esta sensibilidad no se conoce. ¿Se trata de una nueva predisposición genética? ¿El estrés influiría sobre la permeabilidad intestinal y dejaría pasar moléculas que no deben ser absorbidos (como el gluten)? ¿Estos casos se deben al aumento de las proteínas del gluten en nuestra dieta? Habrá que esperar datos científicos más precisos para responder a

¿Qué pasa con la hipoteca de la vivienda común en caso de separación o divorcio?

¿Qué pasa con la hipoteca de la vivienda común en caso de separación o divorcio?
escrito por: gandgabogados
12 agosto 2014, 10:10
artículo escrito por carmen giménez, abogado titular de g&g abogados
es muy recurrente la duda que surge entre los usuarios y propietarios de inmuebles, ya sean viviendas, locales,….., sobre qué hacer con la hipoteca cuando quieren dejar de tener en común una propiedad
la primera duda que surge en muchas ocasiones es que no saben muy bien en qué régimen tienen la propiedad conjunta, a saber: si se trata de un condominio, proindiviso, o copropiedad,  o bien de una sociedad de gananciales
y todo dependerá del estado civil en el momento de la compra (solteros, casados en régimen de separación de bienes o de gananciales); ó del título de adquisición, sin importar en este caso el régimen económico-matrimonial (herencia, donación)
obvio es que, si la adquisición de la propiedad inmobiliaria se ha realizado en estado de no casados entre sí, o a sabiendas de que se adquiere por cuotas, participaciones o porcentajes, claramente definidos; siendo dicha adquisición por título de compra, herencia o donación, nos encontraremos sin género de duda alguna ante un condominio, proindiviso o copropiedad
si, por el contrario, la compra se hace en estado de casados entre sí y bajo el régimen general de gananciales, dichos inmuebles corresponderán a la sociedad de gananciales. como excepción indicar que los bienes adquiridos por uno de los cónyuges por el título de herencia ó donación, será privativo de dicho cónyuge, aunque estuviera casado en régimen de gananciales
hay otra particularidad, y que se da con mucha frecuencia: una pareja, en estado de solteros decide adquirir una vivienda, o un inmueble, haciendo dicha compra en los respectivos porcentajes a sus aportaciones, y posteriormente contraen matrimonio en el régimen económico-matrimonial general, el de la sociedad de gananciales
la respuesta a sus dudas en el caso de querer liquidar o extinguir dicha propiedad que mantenían en común, se vuelve más complicada. para despejarla, indicar, que dicho inmueble seguirá con el mismo régimen que el inicial de su adquisición o compra, es decir que, aún casados en régimen de gananciales, el inmueble adquirido seguirá siendo un condominio y su extinción o división entre los copropietarios seguirá las reglas de extinción del condominio o proindiviso; y ello salvo que, una vez contraído el matrimonio, y por propia voluntad del matrimonio-propietario, se hubiera hecho una aportación directa a la sociedad de gananciales
y, ¿cuáles son las diferencias entre un condominio o una sociedad de gananciales, si en ambos casos los bienes se mantienen en copropiedad?
la respuesta es bastante sencilla:
- en un condominio la propiedad de cada uno de los partícipes se encuentra perfectamente definida en porcentajes, por lo que a la hora de su extinción no existe discusión posible sobre el reparto, o valor determinado en tanto por ciento de adjudicación a uno de los copropietarios. si en la extinción del condominio se establece la cesión a uno de los copropietarios por el mismo valor de adquisición (compra, herencia, donación) no habrá plusvalías en el irpf del cedente, y fiscalmente dicho acto ó transmisión tributará por actos jurídicos documentados entre un 0,5 % y 1,5% dependiendo de la comunidad autónoma
- en una sociedad de gananciales no existe esa identificación porcentual, por consistir una masa de la que son propietarios ambos cónyuges, resultando su liquidación o división, de mayor complejidad, ya que, por ejemplo, en caso de deudas contraídas por uno de los cónyuges contra la sociedad de gananciales, obligará a realizar ciertas operaciones aritméticas para establecer con exactitud los porcentajes de cada uno de ellos, partiendo siempre de la base inicial para liquidarla de que a cada uno le correspondería un 50%, y ello con independencia de quien hubiera aportado los ingresos dinerarios para la compra de los inmuebles objeto de liquidación

la liquidación de gananciales habrá de ser mediante la determinación y adjudicación de lotes que sean idénticos, tras realizar las oportunas valoraciones y compensaciones entre los cónyuges propietarios de los inmuebles (por ejemplo por deudas), y fiscalmente se comportará como un acto sujeto al impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, pero exento; es decir, tributará por 0 euros
pero, y si resulta que el inmueble (vivienda, local o plaza de garaje) se encuentra hipotecado? ¿cómo se divide o se adjudica esa hipoteca?
el problema más común de las separaciones de parejas, matrimonios o incluso de socios, que compraron un inmueble mediante un préstamo hipotecario, viene en el momento de la liquidación de gananciales o de la extinción del condominio. se puede pactar que uno de los separados o divorciados adquiera el 100% del inmueble, pero ello no obliga a la entidad financiera acreedora, que en nada se ve afectada por los pactos que puedan establecerse entre los titulares del bien hipotecado
es decir, que por mucho que uno acepte ceder su proindiviso o su parte ganancial al exsocio o expareja, la deuda hipotecaria no se ve afectada. si el banco no acepta quitar a uno de los deudores, se pierde la propiedad del bien pero se sigue siendo deudor de la hipoteca, de manera que si el nuevo propietario al 100% del inmueble no paga el crédito hipotecario, y la deuda no se cubre con la subasta de dicho bien, el banco podrá ir contra todos los bienes presentes y futuros del no propietario pero si titular de la deuda hipotecaria
para que uno deje de ser propietario y a la vez deudor hipotecario, es necesario que la entidad financiera preste su consentimiento, puesto que el cambio de deudor necesita siempre del consentimiento del acreedor. será necesario, por tanto, que el banco apruebe un nuevo préstamo hipotecario en el que el cedente no figure como deudor (titular hipotecario). solo así la operación es satisfactoria para ambas partes, una porque se queda el inmueble y la deuda, la otra porque cede dicho inmueble pero deja de ser deudor. dicha novación del préstamo hipotecario, siempre, habrá de formalizarse ante notario