Agente Inmobiliario De tu Zona

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Inmobliario Personal

lunes, 30 de abril de 2012

LAS INMOBILIARIAS Y PROMOTORAS ACUSAN A LOS BANCOS DE SABOTAJE.


las inmobiliarias y promotoras endurecen el mensaje y acusan a los bancos de "sabotaje"
lunes, 30 abril, 2012 - 09:03

publicado por equipo@idealista

promotoras e inmobiliarias denuncian el abuso de poder de la banca
las agencias inmobiliarias y los promotores llevan meses acusando a los bancos de realizar competencia desleal. sin embargo, en los últimos días el debate se ha ido calentando y han pasado a acusarles de hacer una "guerra sucia" e incluso de "sabotaje". dichas firmas acusan a los bancos de rechazar la concesión de hipotecas a clientes que cumplen con los requisitos de solvencia exigidos y de aprobar sólo las operaciones sobre pisos de su propiedad
por eso, agencias inmobiliarias y promotoras han decidido denunciar a la banca. no sólo porque la banca ofrece pisos a precios bajos, sino también porque rechazan hipotecas viables a compradores solventes. “desgraciadamente son ellos los que tienen la sartén por el mango y desgraciadamente nos encontramos que operaciones que están cerradas de repente no se cierran porque el banco pone todo tipo de trabas”, dice sonsoles riesco, presidenta del colegio de agentes de la propiedad inmobiliaria de toledo
riesco explica además que "en estos momentos resulta muy complicado adaptar los precios de las viviendas que vendemos a lo que ofrecen las entidades financieras, ya que el margen que queda es prácticamente nulo". la consecuencia es el cierre de casi el 34% de todos los establecimientos dedicados a esta actividad en castilla-la mancha durante el último año
pero las prácticas desleales de la banca no sólo se ciñen a la concesión de hipotecas, sino también a los seguros vinculados a la operación. cuando se contrata una hipoteca las opciones de elección son prácticamente nulas y al futuro hipotecado no le queda más remedio que suscribir la póliza vinculada al préstamo con la aseguradora impuesta por el banco, la caja de ahorros o la caja rural de turno
 

martes, 24 de abril de 2012

INMOBILIARIO, EL PROPIETARIO TE NECESITA.


inmobiliario, el propietario te necesita
martes, 24 abril, 2012 - 09:34

artículo escrito por eduard andreu, director comercial de idealista.com
si fuera fácil no te contratarían para hacerlo. ahora mismo vender un piso no es difícil, es dificilísimo. por eso los servicios del profesional inmobiliario son más necesarios que nunca
si alguien lo midiera, el índice de dificultad para vender un piso estaría ahora en máximos. de los miles y miles de servicios y productos que se venden hoy en españa, un piso es seguramente de los más complicados de vender, más incluso que las famosas preferentes  de la banca. de estas, más de un comercial extraordinario probablemente siga vendiendo; al fin y al cabo depende solo de él
en los pisos, en cambio, hay multitud de condicionantes que el vendedor no puede controlar: el precio que el propietario no quiere o no puede bajar, la hipoteca que ni siquiera el comprador solvente consigue...
me decía hace un tiempo un cliente profesional inmobiliario: “en realidad yo no vendo pisos, vendo hipotecas. y como ahora de eso no hay, creo que al final voy a quebrar”. y quebró.
pero para mi, justamente por eso ahora es el mejor momento para ser un agente inmobiliario. ahora que vender un piso es auténticamente complicado es cuando tus servicios se necesitan de verdad
el momento actual ofrece otras ventajas:
- el propietario está descubriendo que lo que llevas años diciéndole era cierto:
se acumulan los casos de "tenías razón, debí hacerte caso y aceptar aquella oferta de 150.000 euros de hace un año; pedía 200.000 euros y ahora no me ofrecen ni 120.000". de tanto repetirlo, el propietario acabó creyéndose lo de "si el vecino lo hizo, yo también; esto es fácil, no necesito a la agencia". pero han pasado los meses, y los años, y miles de propietarios siguen con la casa en venta. en idealista.com lo estamos viendo en primera fila: tenemos ya casi 1.100.000 inmuebles, y la cifra crece en más de 1.000 cada día
el vecino que presumía de su venta en el ascensor ya no habla del tema; la gente ya ha descubierto que vender cuesta, y mucho. el propietario se siente impotente y frustrado, y por primera vez está dispuesto a aceptar que necesita ayuda
- la captación está cambiando:
durante la burbuja, captar costaba: había que convencer al propietario de encargar a otro lo que probablemente podría hacer él mismo, ahorrándose la comisión. durante la crisis la captación se ha vuelto más y más fácil: el propietario no consigue vender por su cuenta y pide ayuda
pero en ese mar de pisos, los precios excesivos que el comprador no acepta son tónica general. ahora el reto es dar con los propietarios realmente interesados en vender. solo ellos aceptarán las duras rebajas hoy imprescindibles para lograrlo. y la buena noticia es que esos propietarios, escasos donde los haya, están empezando a acudir al profesional que les ofrece sus servicios mediante los canales adecuados. muchos llevan anunciando su piso desde 2008. el tiempo se les ha agotado y ahora sí se plantean descuentos antes impensables, e incluso encargos en exclusiva, algo también impensable hasta hace poco
- menos competencia:
la cantidad de agencias inmobiliarias que ha cerrado en los últimos años es enorme; se habla del 60%. los que resisten lo están pasando mal y a pocos se les ocurre abrir una nueva agencia inmobiliaria. tu competencia, por tanto, ha menguado. tenemos clientes en idealista.com que se han quedado solos en su zona; han pasado de ser 1 de 40 a ser la única opción para el propietario. en algunos municipios no queda literalmente ni una. empezamos a ver en propietarios que acuden a una agencia a que está a 30km de su casa para que les ayude a vender
- internet + agencia, la combinación ganadora:
cuando los pisos se anunciaban en los periódicos había particulares probando suerte por su cuenta, sin agencia. ahora que los pisos están en internet ocurre lo mismo. pero vender es más complejo que nunca y para que internet funcione hay que tener experiencia. aparte del asesoramiento especializado que aporta, el profesional dispone en internet de herramientas de marketing online fuera del alcance de la mayoría de propietarios particulares, por su complejidad o su coste. internet se ha convertido en un aliado de los mejores profesionales para conseguir la tan deseada venta
en resumen: como profesional, tu valor aumenta si lo que haces es muy difícil y muy necesario. vender pisos es hoy justo eso: difícil y necesario. el propietario desesperado tras años intentando vender empieza a buscar la ayuda de un buen profesional.  si has logrado llevar a tu inmobiliaria hasta este momento de la crisis, ese buen profesional eres tú. ha llegado el momento de reivindicarse y hacer lo que sabes: vender pisos
eduard andreu, director comercial de idealista.com

jueves, 19 de abril de 2012

PARA LOS QUE ESTAN ALQUILADOS.

¿qué pasa si mi casero no paga su hipoteca?

jueves, 19 abril, 2012 - 10:48


el inquilino tiene la ley de su parte en caso de que el casero no pague la hipoteca de la casa

artículo escrito por el equipo jurídico de alquiler protegido

la mala situación económica, el elevado desempleo o el fuerte endeudamiento que aqueja a muchos españoles han propiciado que muchos propietarios de inmuebles no puedan hacer frente a la hipoteca que contrajeron en su día y hayan dejado de pagarla. pero ¿qué pasa si la hipoteca que no paga es donde yo vivo alquilado? ¿en qué situación queda el inquilino? ¿cómo le afecta?

hay que resaltar en primer lugar que el inquilino que viva en un piso embargado no tiene la obligación de abandonarlo y sí de realizar el pago de la mensualidad a hacienda para evitar el desahucio. debemos subrayar en este punto que la agencia tributaria ha visto cómo aumentaban estos casos en los últimos tiempos y se ha puesto en contacto con los arrendatarios (que no han cometido ninguna infracción) para que faciliten sus datos e inicien el pago del alquiler en las oficinas tributarias correspondientes

por lo cual la primera pregunta queda resuelta y el inquilino de inmueble embargado no debe abandonarlo y dejará de pagar la renta al propietario del piso para pasar a hacerlo con la administración tributaria. hay que señalar también que, tras una ejecución hipotecaria, el arrendatario pasará a pagar su alquiler al banco correspondiente

el inquilino ante esta situación es, por ley, un ocupante del inmueble con derecho a permanecer en él y se tiene que respetar el tiempo de contrato que le quede por cumplir. en caso de no haber pactado una duración del contrato entre inquilino y casero, el tiempo legal es de un año y se prorroga obligatoriamente por periodos iguales hasta un plazo de cinco años. si la vivienda alquilada es la habitual para el arrendatario tiene derecho a un plazo mínimo de alquiler de cinco años, según se establece en la ley 29/1994 del 24 de noviembre de arrendamientos urbanos

si el embargo del inmueble se realiza mediante ejecución hipotecaria hay que determinar si el inquilino entró a vivir en el inmueble antes o después de la ejecución y podría encontrarse con una impugnación del arrendamiento por parte del banco, quien tiene que probar que el alquiler ha sido de mala fe

¿qué debe hacer el inquilino cuando se le notifica el embargo del piso en el que vive?

debe acudir rápidamente al juzgado correspondiente para comunicar su situación de arrendatario. esto debe llevar acompañado una fotocopia del contrato de alquiler y seguir abonando la mensualidad en donde le indique el juzgado correspondiente

si el inquilino recibe una ejecución de hipoteca en forma de citación al juzgado a nombre del casero deben saber que podrá permanecer en su vivienda arrendada hasta que finalice su contrato y en caso de embargo del inmueble o ejecución de la hipoteca, el inquilino tiene derecho a permanecer en la vivienda hasta los cinco primeros años del arrendamiento (según el artículo 13.1 de la ley de arrendamientos urbanos), siempre y cuando haya un contrato legal firmado

en definitiva, el inquilino tiene la ley de su parte en estas situaciones, pero es recomendable que sea cauto y se guarde siempre copia del contrato de arrendamiento, constancia del pago del alquiler y estar atento a los movimientos en caso de una posible venta del inmueble o notificaciones del juzgado


martes, 10 de abril de 2012

SE PUEDE DEJAR UNA VIVIENDA ALQUILADA ANTES DE VENCER EL CONTRATO?

¿puedo dejar una vivienda alquilada antes de vencer el contrato?

martes, 10 abril, 2012 - 08:08

por ignacio chavez ...

l contrato puede ser cancelado por ambas partes atendiendo siempre a una serie de causas

artículo escrito por el equipo jurídico de alquiler protegido

los contratos están para cumplirse. esa es una afirmación que se suele decir en diversos ámbitos. los contratos de arrendamiento por ende están también para cumplirse por ambas partes, pero como es lógico hay excepciones

en el caso de un alquiler de una vivienda el contrato puede ser cancelado por ambas partes atendiendo siempre a una serie de causas por las que se puede llegar a suprimir este tipo de contratos

por el inquilino

en el caso del inquilino debemos señalar que es el único que puede cancelar el contrato cuando éste llegue a su fin. también avisando con 30 días de antelación antes de que finalice el contrato o cualquiera de las prórrogas se puede poner fin al contrato

la ley en este aspecto es clara y según la lau en su artículo 9.1: si la duración pactada del contrato fuera inferior a cinco años, llegado el día de vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años

será así salvo que el inquilino manifieste al casero con un mínimo de 30 días antes del vencimiento del contrato o de cualquiera de sus prórrogas su voluntad de no renovarlo. el plazo de los contratos comienza a contar desde la fecha de la firma o desde la puesta del inmueble a disposición del arrendatario si se hubiera hecho con posterioridad. corresponderá al arrendatario la prueba de la fecha de la puesta a disposición

por el propietario

por su parte, el casero también tiene derecho a interrumpir el contrato, pero siempre deberá esperar a que vaya a finalizar el contrato o cualquiera de sus prórrogas para reclamar su piso. no es obligatorio por parte del arrendatario especificar los motivos por los cuales desea recuperar su vivienda, pero sí es recomendable que alegue el motivo por el cuál quiere hacerlo

conviene recordar que el casero puede reclamar su vivienda al término del contrato si tiene la necesidad “de ocupar la vivienda arrendada […] para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial”

en el artículo 9.3 de la lau se especifica que el casero puede sufrir una penalización si no ocupa la vivienda tras la reclamación efectuada con ese propósito. además se indica en el citado artículo de la lau que el contrato se podrá romper